Medicina Laboral

 

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Novedades


MARZO DE 2013

MEDICINA LABORAL:
Facebook y la Salud Psiquica de los niños

Recientemente fue publicada en “Pediatrics” (una revista americana de Pediatria) una investigación realizada por la Academia Americana de Pediatría sobre el impactote las redes sociales, que afirma que el uso de estas redes es un indicador a tener en cuenta a la hora de valorar la salud de niños y adolescentes.

Según el documento, los expertos de esta institución creen que se debería incluir en el la historia clínica de los pacientes datos relativos al uso de Facebook y otras redes sociales con el objeto de diagnosticar (y a ser posible prevenir) una posible depresión infantil. No en vano, "según encuestas recientes la mitad de los adolescentes acceden a su red social favorita más de una vez al día, y hasta el 22% de los adolescentes llegan a abrir la página más de una decena de veces". Por lo tanto, concluyen los autores, una gran parte del desarrollo emocional y social de esta generación se está produciendo en Internet y en estas plataformas.

En el informe la AAP llega a hablar de "depresión Facebook", y asegura que los niños afectados por ésta estarían en riesgo de aislamiento social o tendrían poca autoestima, lo que se sumaría a una gran cantidad de tiempo pasada en la red social, algo que se convertiría en un elemento depresivo.

Las páginas de Facebook pueden hacer que los chicos se sientan peor si éstos creen que no están a la altura de sus amigos debido al número de visitas, mensajes actualizados y fotos de personas felices que, en apariencia, lo están pasando realmente bien. Podría ser más doloroso que los encuentros de la vida real que hacen sentir mal a los adolescentes, según Gwenn O'Keeffe, coautora del estudio, ya que "Facebook provee una visión distorsionada de lo que en verdad está ocurriendo". Además, esta red social promueve una atmósfera de competitividad social, según los autores.

No obstante, no todos los especialistas coinciden en los efectos negativos de la popular red social. La experta en medicina adolescente Megan Moreno, de la Universidad de Wisconsin (EE UU), ha asegurado en declaraciones a Associated Press que la utilización de Facebook puede mejorar la percepción de la conexión social entre los jóvenes equilibrados y tener el efecto contrario entre aquellos propensos a la depresión.



JULIO DE 2012

MEDICINA LABORAL:
AUSENTISMO POR ENFERMEDAD: Como conseguir su efectivo “control”

Debemos comenzar por definir que “control del ausentismo por enfermedad ” es saber que cada persona ausente está verdaderamente enferma y consecuentemente no hay ninguna que nos produzca dudas sobre la equidad de su ausencia respecto de los compañeros que trabajan.

Para ello, más allá de las muy efectivas medidas de Administración de Recursos Humanos referidas a los beneficios al personal, nos hemos de referir a la Auditoría Médica del personal que se declara enfermo dentro del régimen de la legislación laboral.

De esta manera podremos diferenciar la simple verificación disciplinaria de las personas que presentan una dolencia incapacitante de la más compleja tarea de determinar la eventual coincidencia o disidencia con los diagnósticos efectuados por Médicos de parte y/o las licencias otorgadas por aquellos.

Dado que no todas las personas enfermas están en condiciones de deambular hasta el consultorio de Medicina Laboral ( interno al establecimiento o “externo” - al estilo de la descripción del Decr. 351 de la derogada ley 19587), se hace inevitable enviar un profesional Médico Laboral al domicilio de los empleados para verificar la situación.

Los resultados de esta visita pueden ser inconsistentes con esos objetivos por múltiples razones, entre las cuales hasta la seguridad personal del Médico influye en sus resultados, por lo cual debe necesariamente complementarse, en muchos casos, con la consulta en el consultorio Médico Laboral, en donde habrá más tiempo para la consulta, mejores condiciones para realizarla, con relevamiento de la Historia Clínica que recogerá todos los antecedentes de salud y curriculares en la empresa, del empleado.

Esta descripción del que consideramos “el método” racional y eficaz del control en cuestión está incompleta, le falta uno de los pilares de sustentación, si no se existe la imprescindible comunicación entre el Servicio Médico Laboral y la Oficina de Recursos Humanos, que es lo que cierra el circuito para obtener los resultados de la calidad buscada.

Como valor agregado muy importante, de esta manera se establecerá una relación Médico-Paciente que potenciará las medidas preventivas que puedan indicarse para mejorar las condiciones de salud y también facilitará la futura comunicación personal auténtica.





JUNIO DE 2012

MEDICINA LABORAL:
Prestaciones Médico Asistenciales de los Accidentados en el Trabajo: Modificación de la legislación que las regula.

Desde el año 1996 las atenciones Médico-quirúrgicas de las personas que padecieron un Accidente de Trabajo y/o in itinere estuvieron a cargo de las ART ( Aseguradores de Riesgos del Trabajo) en función a lo dispuesto por la Ley 24557.
Desde el punto de vista Médico Laboral no cabe ninguna duda que  mejoró  sensiblemente la calidad de la atención que recibieron los accidentados pues en términos generales las Art, administradoras de las mismas, tomaron a su cargo, en algunos casos en forma directa dichas atenciones derivando a centros de mayor infraestructura técnica a los que la necesitaban y en otros, la mayoría pensamos, tercerizaron las prestaciones en centros de complejidad variada verdaderamente acorde a las necesidades de los accidentados.
En la mayoría de los casos se contó con todo tipo de estudios diagnósticos efectuados en los centros especializados de las localidades, ciudades o provincias del domicilio del accidentado o cuando no existían, derivándolos a donde ello ocurría.
Desde el punto de vista médico laboral ( es decir sin considerar ninguna otro aspecto de la ley), esta fue una enorme mejora.

Desde hace tiempo circula en los medios relacionados con esta problemática, la certeza de la necesidad de la actualización de  la ley 24557, hecho aparentemente inminente, pues a raíz de haber sufrido muchas modificaciones através de decretos y/o resoluciones y sobretodo por la necesidad de actualizar los montos indemnizatorios, es ya una necesidad impostergable.
Existe también una corriente que postula cambiar todo el sistema de las prestaciones de la ley como  "el proyecto sobre prevención y reparación de daños laborales” presentado por la CTA dirigida por Pablo Micheli , que dice, es  "el resultado de años de análisis, ya que la corriente gremial está comprometida con la lucha para detener ese verdadero crimen causado por las malas condiciones laborales y sostiene el principio de la prevención para minimizar la reparación, siempre tardía e insuficiente". "La ley es pensar en una vida más digna, es construir poder para edificar un país mejor. El proyecto procura luchar por la vida por sobre el lucro de algunos", concluyó el gremialista. (Télam) 

Por todo lo antedicho parece lógico esperar una profunda modificación  del régimen hoy reglado por la Ley  24557 “de Arts“

 



ABRIL DE 2012

 

SU EMPRESA TIENE UN ABOGADO ASESOR SEGURAMENTE: pregúntele entonces si es conveniente tener un MEDICO LABORAL que le atienda los problemas de Salud Ocupacional de su personal.

 

Un Médico Experimentado con quien Ud. pueda contar cuando necesita su apoyo (no una organización con la que debatir un tema sin poder llegar al que Ud. desea)

En METRA MEDICINA LABORAL ofrecemos eso: Atencion Personalizada, a las Empresas y a los pacientes, en el momento necesario.

Exámenes Preocupacionales con resultado garantizado a las 48 hs (o a las 24 hs si Ud. lo necesita)

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MARZO DE 2012

Exámenes Preocupacionales especiales:
"Teletrabajo"

 

El asombroso desarrollo permanente de la informática, en particular, en relación a las comunicaciones y sus aplicaciones: Internet, telefonía fija y celular, faxes, scanners etc. han puesto al alcance de los trabajadores y las empresas la posibilidad de ejercer las tareas a distancia, es decir en otro lugar físico al de la empresa: el hogar u otros.
La magnitud de los beneficios que esta posibilidad otorga no puede hoy cuantificarse pero su desarrollo vá en aumento exponencial y algunos estudios ubican en el 35% la cantidad de trabajadores a distancia potenciales, con predominancia de los EEUU y Japon ( 75% ).

La "onda expansiva" ha llegado a nuestro país desde hace tiempo brindando enormes beneficios para todos aquellos que pueden volcar su capacidad desde un lugar distinto al de quien la necesita, sin que, por los innumerables motivos que pueden impedírselos, estén físicamente en la oficina de aquel.
Lógicamente el beneficio también alcanza al que necesita del valor agregado del trabajador que no puede llegar hasta sus oficinas.
En nuestro medio se conocen aspectos interesantes de su funcionamiento, por ejemplo se organizan grupos de "teletrabajadores" que son supervisados on line y que mejoran su rendimiento cuando se fijan a si mismos horarios más o menos fijos de trabajo e inclusive, se visten para ello con ropa "formal".

 

Su importancia ha sido entendida por las autoridades del Ministerio de Trabajo quienes acaban de dictar una resolución ( 147/12 publicada en el B. Oficial el 22-02-12) por la se crea la "Coordinación de Teletrabajo" dentro del ámbito de la Secretaria de Empleo del Ministerio con el objeto de promover el desarrollo de las "TICs"- Tecnologías de la Información y las Comunicaciones- , promover el "e-trabajo", " la promoción de la ocupación de grupos vulnerables, entre ellos personas con capacidad disminuida, jóvenes de 18 a 24 años en situación de desempleo y mayores de 45 años, a través del uso de las TICs para la creación de puestos bajo la modalidad de teletrabajo", " colaborar en la promoción de empresas de alta tecnología para la generación de teletrabajo con alto valor agregado", etc..

 

También se prevé la consideración de eventuales nuevas enfermedades del trabajo de la actividad descripta por lo que va a proponer a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, "modificaciones a la Ley 24557 (de "Arts) de modo de incorporar las nuevas enfermedades y accidentes que se generen como consecuencia del teletrabajo y generar en forma conjunta un Manual de Buenas Prácticas en materia de Teletrabajo. "
Se preven ajustes de la reglamentación de la ley de Riegos de trabajo en funcion de que, en el caso de los teletrabajores con relacion de dependencia, adaptaciones de los condiciones de seguridad y la consideración de accidentes de trabajo fuera del ambito empresarial etc.

 

Esto conlleva la necesidad de realizar Exámenes Preocupacionales especiales, dirigidos fundamentalmente a determinar la capacidad fisica y psiquica del postulante que no tendrá que ver con la calificación " espartana" de Apto para cualquier tarea sino que prestará especial atención a las cualidades de la tarea realizada en un ambiente diferente al de la empresa, consignando la existencia de patologías preexistentes que debera´denunciar al Ministerio de Trabajo homologándolas.